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Artículo 3

Exceptúase De Lo Dispuesto Anteriormente Los Numerales De La Tarifa 220 (Anetol) Y 223 (Espíritus O Extractos Concentrados Para La Fabricación De Licores Y Vinos), Que Son De Prohibida Importación

Decreto 18 de 1924 · Por el cual se reglamenta la Ley 102 de 1923

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Exceptúase de lo dispuesto anteriormente los numerales de la Tarifa 220 (anetol) y 223 (espíritus o extractos concentrados para la fabricación de licores y vinos), que son de prohibida importación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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