°. La incorporación de los funcionarios a la nueva planta de personal que se adopta por la presente norma, se hará conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes contados a partir de la fecha de publicación de este decreto.
Los servidores públicos continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los actuales empleos, hasta tanto se produzca la incorporación a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo.