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Artículo 97

Para Personal Y Material De Las Salinas Marítimas Y Sus Resguardos $80,000 Así: Al Capitulo 24 Aduanas Y Resguardos

Decreto 1962 de 1931 · Por el cual se hacen algunos traslados en la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal de 1931

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Hácense los siguientes traslados en la Ley de Apropiaciones del año fiscal de 1931: MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO CAPITULO 27 Salinas Marítimas. Personal y material. Del artículo 97. Para personal y material de las Salinas Marítimas y sus resguardos $80,000 Así: al CAPITULO 24 Aduanas y Resguardos. Artículo 89. Para sueldos del personal de Aduanas. $ 58,000 CAPITULO 33 Gastos varios. Artículo 155. Para los gastos de la administración del muelle de La Machina 22,000 Sumas iguales $ 80,000. 80,000 Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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