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Artículo 12

El Valor Del Subsidio Familiar Mensual En Dinero De Que Tratan Los Artículos15 Y Subsiguientes Del Decreto 1091 De 1995, Para El Personal Del Nivel Ejecutivo De La Policía Nacional En Servicio Activo, Será De Doce Mil Novecientos Cuarenta Y Un Pesos ($12

Decreto 304 de 2000 · Por el cual se dictan disposiciones en materia salarial para los empleados y funcionarios públicos del orden nacional, de las Universidades Públicas, las Corporaciones Autónomas regionales y de Desarrollo Sostenible y los Miembros de la Fuerza Pública

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El valor del subsidio familiar mensual en dinero de que tratan los artículos15 y subsiguientes del Decreto 1091 de 1995, para el personal del Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional en servicio activo, será de doce mil novecientos cuarenta y un pesos ($12.941) moneda corriente, por persona a cargo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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