El producto líquido que se obtenga de cada uno de los sorteos extraordinarios autorizados por esta Ley, será destinado en su totalidad para la reconstrucción y dotación del edificio de la Escuela de Menores que construye el Departamento de la ciudad de Ibagué.
La inversión de estas sumas de dinero en la obra referida se hará directamente por la Junta creada para dicho fin.