Prorrógase hasta el 20 de diciembre de 1940 la autorización dada al Departamento del Huila por el articulo 4.° de la Ley 192 de 1938 , para efectuar un sorteo extraordinario de su lotería.
Las restricciones establecidas para los casos contemplados en las Leyes 64 de 1923 y 12 de 1932, no se aplicarán al sorteo a que se refiere este artículo.