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Artículo 1

Hácese El Siguiente' Traslado En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Educacion Nacional Capitulo 66

Decreto 1994 de 1943 · Por el cual se hace un traslado en el Presupuesto vigente (Ministerio de Educación Nacional)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácese el siguiente' traslado en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL CAPITULO 66. Del artículo 993. Para pagar las cuotas de afiliaciones a las asociaciones nacionales, y las de éstas a las Federaciones Internacionales, subvencionar equipos nacionales y extranjeros, A las plazas municipales de deportes y demás gastos de esta, Índole $ 800.00 Al artículo 996. Para gastos en general de la celebración del Día Olímpico Colombiano $ 800.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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