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Artículo 4

º

Decreto 708 de 1995 · por el cual se modifican temporalmente algunos niveles porcentuales del Certificado de Reembolso Tributario, Cert.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . El presente Decreto rige a partir de su publicación y hasta el 31 de diciembre de 1995, fecha en la cual regirán los niveles establecidos en el Decreto 446 de 1992 o las normas que lo modifiquen o adicionen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 708 de 1995