El Ministro de Relaciones Exteriores será el conducto regular para con los representantes de Colombia en la Conferencia y en el Comité Ejecutivo de la Asociación, así como también respecto a las negociaciones diplomáticas a que hubiere lugar.
Parágrafo
En el desarrollo de estas funciones el Ministerio de Relaciones Exteriores contará con la asesoría permanente de la Oficina de Comercio Exterior.