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Artículo 1

Decreto 283 de 1965 · por el cual se reglamenta el artículo 4° del Decreto-ley 3289 de 1963, y se aclara el Decreto número 558 de 11 de marzo de 1964.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. La Corporación Financiera del Transporte, a que se refiere el Decreto-ley 3289 de 1963, se organizará y operará de conformidad con las disposiciones del Decreto legislativo 0336 de 1957, el Decreto-ley 2369 de 1960, y demás disposiciones sobre Corporaciones Financieras.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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