° Por el Ministerio de Obras Públicas se nombrará un Ingeniero Interventor para que vigile la construcción de las obras a que se refiere el contrato con el fin de que sean ejecutadas de acuerdo con los planos aprobados, y para que, si es el caso, fiscalice la inversión de los fondos de la construcción y vise las cuentas y sus respectivos comprobantes.
El sueldo de dicho Interventor será pagado por el Gobierno Nacional, deduciéndolo de la subvención reconocida por el correspondiente contrato.