° Previo el cumplimiento de las formalidades establecidas por la ley, en el Ministerio de Relaciones Exteriores podrá asignarse Prima Técnica a las personas cuyos cargos tengan asignada categoría diplomática, de Segundo secretario en adelante.
La asignación de Prima Técnica es incompatible con los gastos de representación. El funcionario con derecho a estos últimos deberá optar entre aquella y éstos.