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Artículo 10

Los Inspectores De Educación Serán Los Encargados De Vigilar En Las Escuelas El Correcto Manejo Y Distribución De Los Útiles A Los Alumnos

Decreto 1369 de 1937 · Por el cual se hace un nombramiento para el Ministerio de Educación Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Inspectores de Educación serán los encargados de vigilar en las escuelas el correcto manejo y distribución de los útiles a los alumnos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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