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Artículo 10

Para Efectos De La Precedencia De Condecoraciones Que Trata El Artículo 7° Del Decreto 4444 Del 29 De Noviembre De 2010, La Medalla Militar “guardia De Honor De Colombia” Del Ejército Nacional, Sucederá A La Medalla “escuela De Lanceros” Y Antecede A La Medalla Militar “escuela De Armas Y Servicios José Celestino Mutis Bossio”

Decreto 1599 de 2014 · por el cual se crea la Medalla Militar “Guardia de Honor de Colombia” del Ejército Nacional y se adiciona el Decreto 4444 del 29 de noviembre de 2010.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para efectos de la precedencia de condecoraciones que trata el artículo 7° del Decreto 4444 del 29 de noviembre de 2010, la Medalla Militar “Guardia de Honor de Colombia” del Ejército Nacional, sucederá a la Medalla “Escuela de Lanceros” y antecede a la Medalla Militar “Escuela de Armas y Servicios José Celestino Mutis Bossio”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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