Los actores en su calidad de artistas, intérpretes o ejecutantes, tendrán derecho de autorizar o prohibir la fijación y la reproducción de sus interpretaciones y ejecuciones de conformidad con lo establecido en la Ley 1915 de 2018 por la cual se modifica la Ley 23 de 82 y se establecen otras disposiciones en materia de Derechos de autor y Derechos Conexos.
En caso de pactarse una remuneración en contraprestación por la mencionada autorización, esta se especificará de forma independiente en el respectivo contrato.
De la promoción y fomento del trabajo para los actores