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Artículo 3

Ley 79 de 1946 · Por la cual se aumenta el capital del Fondo Nacional Rotatorio de Irrigación y Desecación, y se complementa la legislación que rige sobre la materia

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

También podrá el Gobierno contratar los empréstitos, dando como garantía específica los ingresos que provengan o vayan a provenir de una obra determinada y siempre que ésta se ejecute exclusivamente con los fondos de tal operación de crédito.

Parágrafo

No causarán impuestos de timbre nacional el contrato o contratos que se leguen a celebrar de conformidad con este artículo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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