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Artículo 7

º Funciones

Decreto 1371 de 1994 · por el cual se conforma la comisión Consultiva de Alto Nivel de que trata el artículo 45 de la Ley 70 de 1993

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Funciones. Las Comisiones Consultivas Departamentales constituirán escenarios de diálogo y búsqueda de acuerdos en torno a proyectos de desarrollo regionales, de búsqueda de soluciones a los problemas y conflictos que se presenten en el respectivo Departamento y afecten a las Comunidades Negras y de apoyo a la divulgación y aplicación de los avances de la Ley 70 de 1993, todo ello dentro del marco y sin detrimento de la autonomía de la administración pública y de la utilización de los mecanismos de participación ciudadana. Constituirán así mismo las Comisiones Consultivas Departamentales espacios de interlocución entre las instancias territoriales y nacionales para transmitir a estas últimas, a través de la Comisión Consultiva de Alto Nivel, los asuntos regionales que sean de competencia de la Nación y que requieran de su atención.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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