°. Las entidades cuyas funciones estén relacionadas con la implementación del programa de reincorporación económica y social de los exmiembros de las extintas FARC-EP deberán garantizar, en coordinación con la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN), las acciones necesarias para adelantar las actividades de reincorporación de las personas que se encontraban habitando los Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación (ETCR) que son suprimidos mediante el presente decreto.
En materia de seguridad se mantendrá lo establecido en el Decreto número 2026 de 2017.