º. Se entiende por Sistema Nacional de Bienestar Familiar el conjunto de organismos, instituciones, agencias o entidades públicas o privadas que total o parcialmente, atienden a la prestación del servicio.
estas expresiones son equivalentes y se designan con el nombre genérico de "Instituciones". Concordancia: Ley 7ª de 1979, artículos 12 y 14.