Asimismo autorizase al Gobierno para adquirir los puentes de Piedecuesta y Florida, situados sobre la carretera nacional del Nordeste. El precio de estos puentes se fijara entre el Gobierno Nacional y los Municipios mencionados, y el contrato respectivo no necesitara de la ulterior aprobación del Congreso.
El Gobierno queda autorizado para abrir el crédito necesario para el pago de estos puentes.