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Artículo 4

Valor De La Sobretasa Ambiental

Decreto 1100 de 2003 · por el cual se reglamenta el artículo 117 de la Ley 788 de diciembre de 2002.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Valor de la sobretasa ambiental. La sobretasa ambiental de que trata el presente decreto tendrá un monto equivalente al cinco por ciento (5%) sobre el valor del peaje.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1100 de 2003