Radicación y validación del contenido mínimo de la solicitud de inscripción. Una vez la solicitud de inscripción de confinamiento sea radicada por el Ministerio Público, la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas procederá con la verificación del contenido mínimo de requisitos dispuestos en el presente decreto.
La Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas dispondrá de una ruta especial para la recolección de los Formatos Únicos de Declaración (FUD) de confinamiento, articulado con el Ministerio Público, en aquellos casos en los cuales se reporten barreras u obstáculos para la radicación.
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