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Artículo 3

º

Decreto 1654 de 1998 · Por el cual se aplazan unas apropiaciones del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1998

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. De conformidad con la sentencia C- 192 del 15 de abril de 1997 proferida por la Corte Constitucional, las Secciones a las cuales se les aplaza un monto global del Presupuesto de Gastos, deberán determinar las partidas específicas afectadas con tal medida y comunicarlas dentro de los cinco (5) días siguientes a la publicación del presente decreto al Ministerio de Hacienda y Crédito Público- Dirección General del Presupuesto Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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