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Artículo 7

º

Decreto 1118 de 1995 · por el cual se aprueba el programa de venta de las acciones que posee la Nación en el Banco Popular.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Crédito para la compra de las acciones a que se refiere el numeral 1º del artículo 3º. Las acciones a que se refiere el numeral 1º del artículo 3º del presente Decreto se ofrecerán en venta cuando una o varias instituciones financieras establezcan líneas de crédito por cuenta y riesgo de las mismas, dirigidas a los trabajadores y organizaciones solidarias y de trabajadores de acuerdo con el numeral 1º del artículo 3º del presente Decreto. Dichas líneas de crédito podrán ser concedidas conforme a las normas legales, dentro del monto y los requisitos que establezca cada entidad financiera y observando las siguientes condiciones: - Plazo: mínimo de seis (6) años. - Intereses: se pagarán a una tasa máxima efectiva anual equivalente al DTF de noventa (90) días, más cinco (5) puntos porcentuales. - Amortización a capital: dos (2) años de gracia por concepto de capital, 20% al vencimiento del tercer año, 20% al vencimiento del cuarto año, 30% al vencimiento del quinto año y 30% al vencimiento del sexto año.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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