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Artículo 3

El Conocimiento De Los Asuntos Adscritos Al Tribunal Distrital De Aduanas De Cartagena Por El Presente Decreto, Comenzará A Contarse Desde El 30 De Noviembre De 1933, Fecha De La Sanción De La Ley 48 De Ese Año

Decreto 31 de 1934 · Por el cual se reglamenta la Ley 48 de 1933, sobre funcionamiento del Tribunal Distrital de la Aduana de Cartagena

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El conocimiento de los asuntos adscritos al Tribunal Distrital de Aduanas de Cartagena por el presente Decreto, comenzará a contarse desde el 30 de noviembre de 1933, fecha de la sanción de la Ley 48 de ese año. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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