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Artículo 4

Ley 155 de 1936 · por la cual se decreta un auxilio

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En el Presupuesto Nacional para la vigencia de 1937, se incluirá la partida de que trata el Artículo 1° de esta Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 155 de 1936