La Junta Directiva ejercerá las siguientes funciones
Dictar los estatutos de la Empresa y someterlos a la aprobación del Gobierno Nacional, según lo prescribe el artículo 89 de la Ley 154 de 1959;
Dictar los reglamentos de la misma Empresa;
Crear, proveer, suprimir y fusionar los cargos que estime necesarios para el funcionamiento y la buena marcha de la Empresa, y fijar las correspondientes funciones y remuneraciones:
Nombrar el Secretario Ejecutivo;
Realizar todas las operaciones necesarias para la iniciación y desarrollo de la Empresa;
Expedir anualmente el presupuesto de ingresos y egresos de la Empresa, y
Ejercer las demás funciones que le confiere la ley, el Gobierno y los estatutos de la Empresa;