º El traslado de cargos y la resolución de determinación presuntiva del impuesto sobre las ventas de que trata el artículo 50 del Decreto 3541 de 1983, podrán ser objeto de los beneficios de que tratan los artículos 6º, 7º , 10 y 16 del presente Decreto, en los términos y condiciones allí señalados y acompañando la prueba de los siguientes pagos
Del veinticinco por ciento (25%) o cincuenta por ciento (50%) del mayor impuesto que se derive de tales actos, según corresponda, sin sanciones ni intereses.
De la liquidación privada del impuesto sobre las ventas correspondiente al año gravable de 1985. Amnistía de presunción de ingresos en el impuesto de ventas.