A partir del 1° de enero de 2014, los Citadores que presten sus servicios en la Procuraduría General de la Nación tendrán derecho a un auxilio especial de transporte, de conformidad con lo establecido en el artículo 32 del Decreto 717 de 1978, así
Para ciudades de más de un millón de habitantes: Sesenta y cuatro mil ciento treinta y dos pesos ($64.132) moneda corriente, mensuales;
Para ciudades entre seiscientos mil y un millón de habitantes: Cuarenta mil cuatrocientos veintiséis pesos ($40.426) moneda corriente, mensuales;
Para ciudades entre trescientos mil y menos de seiscientos mil habitantes: Veinticinco mil seiscientos ochenta y un pesos ($25.681) moneda corriente, mensuales.