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Artículo 64

En El Momento Del Cargue De Los Barrenos, Sólo Podrán Permanecer En El Sitio De La Voladura El Dinamitero Y Su Ayudante

Decreto 2222 de 1993 · por el cual se expide el Reglamento de Higiene y Seguridad en las Labores Mineras a Cielo Abierto.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En el momento del cargue de los barrenos, sólo podrán permanecer en el sitio de la voladura el dinamitero y su ayudante. Estos deberán tomar todas las precauciones necesarias para poner a salvo su vida y la de las personas que puedan estar en los alrededores, evacuar el sitio donde se va a producir la explosión de acuerdo con la cantidad de explosivo y la carga, e impedir la entrada de personas y vehículos mediante la colocación de barricadas y avisos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2222 de 1993