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Artículo 2

Decreto 791 de 1890 · Por el cual se establece la elaboración de sal en la Salina de Coello

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2.° Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo anterior, crease una oficina en dicha Salina, cuyo personal y sueldos anuales serán los que en seguida se expresan: Un elaborador con $ 1,320. Siendo de su cargo los gastos de escritorio. Un Contador escribiente, $ 600.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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