Competencia. La ANT mediante Acuerdo del Consejo Directivo, constituirá y otorgará el reconocimiento y formalización de los TECAM previa propuesta de delimitación presentada por las comunidades campesinas de conformidad con los fines y principios establecidos en la Ley 160 de 1994 y el artículo 64 de la Constitución Política.
TEXTO CORRESPONDIENTE A