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Artículo 6

Montos Máximos Sujetos De Reconocimiento Y Pago En El Sector De Gas Combustible

Decreto 437 de 2020 · Por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 103 de la Ley 2008 de 2019, para el reconocimiento y pago como deuda pública de los saldos por menores tarifas del sector eléctrico y de gas de que trata el artículo 297 de la Ley 1955 de 2019

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Montos máximos sujetos de reconocimiento y pago en el sector de gas combustible . Se reconocerá y pagará con cargo al servicio de la deuda del Presupuesto General de la Nación hasta QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL MILLONES DE PESOS ($552.000.000.000), por concepto de los saldos por menores tarifas correspondientes al sector de gas combustible de que trata el artículo 297 de la Ley 1955 de 2019 que se hayan causado a 31 de diciembre de 2019.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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