El presente Decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Diario Oficial y modifica los artículos 2.2.1.3.4., 2.2.1.3.1.1.,2.2.1.3.1.2.,2.2.1.3.5.2., 2.2.1.3.6.3., 2.2.1.3.6.4., 2.2.1.3.6.5., 2.2.1.3.7.4., 2.2.1.3.8.3.,2.2.1.3.9.1. del Capítulo 3 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015, Único Reglamentario del Sector Transporte y deroga el artículo 2.2.1.3.9.2.
Decreto 1001 de 2026 →Vigente
Artículo 11
Vigencia Y Derogatoria
Decreto 1001 de 2026 · Por el cual se modifican y se derogan os artlc ros del Capítulo 3 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015, Único Reglamentario del Sector Transporte - Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor Individual de Pasajeros en Vehículos Taxi
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.