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Artículo 65

Son Funciones De La División Jurídica: A) Asesorar Jurídicamente Al Jefe Regional De Aduana Y A Las Demás Dependencias De La Jefatura Regional De Aduana; B) Propender Por La Unidad Doctrinal De Las Disposiciones En Materia Aduanera, En Coordinación Con La Subdirección Jurídica; C) Compilar Las Normas Legales Aduaneras Y Las De Jurisprudencia, Y Procurar Su Conocimiento Oportuno Por Parte De Los Funcionarios; D) Intervenir A Través De Sus Abogados, Conforme A La Autorización O Delegación Por Parte Del Funcionario Competente, En Los Procesos Ante La Jurisdicción Que Corresponda Por Actuaciones De La Dirección General De Aduanas O Del Fondo Rotatorio De Aduanas; E) Coordinar Con La Oficina Jurídica Del Nivel Central Lo Pertinente A La Actualización, Interpretación Y Aplicación De Normas Y Procedimientos Aduaneros; F) Responder Por La Debida Aplicación De Las Disposiciones Legales En Los Procedimientos Que Se Surtan

Decreto 1644 de 1991 · por el cual se establece la estructura y se determinan las funciones de la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 65. Son funciones de la División Jurídica

a)

Asesorar jurídicamente al Jefe Regional de Aduana y a las demás dependencias de la Jefatura Regional de Aduana;

b)

Propender por la unidad doctrinal de las disposiciones en materia aduanera, en coordinación con la Subdirección Jurídica;

c)

Compilar las normas legales aduaneras y las de jurisprudencia, y procurar su conocimiento oportuno por parte de los funcionarios;

d)

Intervenir a través de sus abogados, conforme a la autorización o delegación por parte del funcionario competente, en los procesos ante la jurisdicción que corresponda por actuaciones de la Dirección General de Aduanas o del Fondo Rotatorio de Aduanas;

e)

Coordinar con la Oficina Jurídica del nivel central lo pertinente a la actualización, interpretación y aplicación de normas y procedimientos aduaneros;

f)

Responder por la debida aplicación de las disposiciones legales en los procedimientos que se surtan.

Parágrafo

En las Jefaturas Regionales de Aduana clase B y clase C, las disposiciones del presente artículo serán cumplidas por la División Jurídica y de Secretaría.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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