o Para efectos del pago de horas extras o del reconocimiento de descanso compensatorio en la Contraloría General de la República, se tendrán en cuenta los siguientes criterios
El empleado deberá estar vinculado a un empleo ubicado hasta el Grado 06 del Nivel Técnico, 11 del Nivel Administrativo o 9 del Operativo;
En ningún caso podrán pagarse más de cincuenta (50) horas extras mensuales.