Cuando la solicitud verse sobre zonas que no sean aluvión, el plano indicará
La longitud y rumbo de cada uno de los lados del polígono, con uno de sus vértices o un punto cualquiera de sus lados, relacionado a rumbo y distancia con un punto arcifinio o artificial inequívoco y estable, que no diste más de cinco (5) kilómetros del vértice o del punto al cual se ha referido, y
Ubicación de las corrientes de agua y demás detalles y accidentes topográficos que se encuentren dentro de la zona solicitada.
La orientación general del plano se hará en relación con el meridiano magnético.