Sesiones del Consejo Superior de Educación Policial. El Consejo Superior de Educación Policial sesionará dos (2) veces por año, y de manera extraordinaria por convocatoria de acuerdo con las necesidades que en materia educativa se presenten.
Cuando uno de los miembros del Consejo no pudiera asistir, deberá informar la causa de la inasistencia a quien lo preside.