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Artículo 35

El Ministerio De Educación Nacional Someterá A La Aprobación Del Gobierno Nacional, A Más Tardar El 15 De Julio De 1993, Las Plantas De Personal Docente Nacional Y Nacionalizado

Decreto 34 de 1993 · por el cual se modifica la remuneración del personal del Escalafón Nacional Docente y se dictan otras disposiciones salariales para el sector educativo oficial.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 35. El Ministerio de Educación Nacional someterá a la aprobación del Gobierno Nacional, a más tardar el 15 de julio de 1993, las plantas de personal docente nacional y nacionalizado.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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