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Artículo 17

La Resolución Mediante La Cual Se Deniegue Una Solicitud De Carta De Naturaleza O De Inscripción Como Colombiano, No Requiere Motivación, Toda Vez Que Constituye Un Acto Soberano Y Discrecional

Decreto 1869 de 1994 · por el cual se reglamenta la Ley 43 del 1° de febrero de 1993

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Resolución mediante la cual se deniegue una solicitud de Carta de Naturaleza o de inscripción como colombiano, no requiere motivación, toda vez que constituye un acto soberano y discrecional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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