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Artículo 17

Circunstancias Que Agravan La Responsabilidad

Ley 49 de 1993 · por la cual se establece el régimen disciplinario en el deporte.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Se consideran como circunstancias que agravan la responsabilidad las siguientes:

a)

El haber incurrido dentro de los tres (3) años anteriores en infracciones disciplinarias graves o muy graves que dieren lugar a la aplicación de alguna sanción;

b)

El reincidir en la comisión de infracciones leves en los doce (12) meses inmediatamente anteriores;

c)

El haber procedido por motivos innobles o fútiles:

d)

El haber preparado ponderadamente la infracción;

e)

El haber obrado con la complicidad de otra u otras personas;

f)

El haber cometido la infracción para ejecutar u ocultar otra;

g)

El haber intentado atribuir a otro u otros la responsabilidad de la infracción.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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