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Artículo 53

Competencia De Jueces

Decreto 2687 de 1979 · Por el cual se aprueban los estatutos del Centro Interamericano de Fotointerpretación

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Competencia de jueces. Las competencias de los jueces para reconocer de las controversias relativas a los actos administrativos y demás operaciones que realice el Centro se rige por las normas del Decreto 528 de 1964 y las demás disposiciones concordantes y vigentes sobre la materia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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