º La prestación del servicio de correos compete exclusivamente al Estado que lo prestará en el territorio nacional y en conexión con el exterior, a través de la Administración Postal Nacional, establecimiento público adscrito al Ministerio de Comunicaciones.
Este servicio se prestará de acuerdo con las tarifas que para el efecto fije la Junta Nacional de Tarifas de Servicios Públicos, previo estudio que presentara el Ministerio de Comunicaciones.