Terminación de las manifestaciones. Las manifestaciones públicas terminarán, cuando los manifestantes voluntariamente decidan retirarse de los espacios públicos donde se hayan reunido y la congregación de las manifestaciones vaya disminuyendo paulatinamente o en aquellas situaciones en que deban ser disueltas por presentarse actos de violencia que alteren gravemente el orden público y la convivencia.
Los integrantes de la Policía Nacional en el marco de la terminación de las manifestaciones harán uso de los medios de policía, bajo el cumplimiento estricto de los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad.