JurídicoESEN

Artículo 14

El Instituto Nacional De Salud Podrá Participar Con Otras Entidades Públicas En Sociedades O Asociaciones Que Se Creen U Organicen, Con O Sin La Participación De Personas Privadas, En Los Términos Del Decreto 130 De 1976, Para Cumplir Eficientemente Sus Funciones O Para Objetivos Análogos O Complementarios

Decreto 1473 de 1990 · por el cual se reorganiza el Instituto Nacional de Salud.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Instituto Nacional de Salud podrá participar con otras entidades públicas en sociedades o asociaciones que se creen u organicen, con o sin la participación de personas privadas, en los términos del Decreto 130 de 1976, para cumplir eficientemente sus funciones o para objetivos análogos o complementarios. CAPITULO VI Fondo Especial para Investigaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1473 de 1990