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Artículo 12

Decreto 1627 de 1996 · por el cual se reglamenta el artículo 40 de la Ley 70 de 1993.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cancelación definitiva del crédito. El Crédito se cancelará definitivamente por

a)

Expresa voluntad del beneficiario;

b)

Finalización del programa de estudios para el cual se concedió el crédito;

c)

Adulteración de documentos o presentación de informaciones falsas;

d)

Utilización del crédito para fines distintos para el cual fue concedido;

e)

No informar al Icetex sobre ingreso adicional por becas comisiones de estudios;

f)

Incumplimiento del trabajo comunitario, académico y social;

g)

Pérdida del semestre.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1627 de 1996