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Artículo 18

Una Vez Cancelados Los Pasivos A Cargo De La Empresa, Los Bienes Muebles E Inmuebles Y Derechos De Propiedad Del Servicio Naviero Armada República De Colombia “senarc” En Liquidación, Que No Se Hubieren Traspasado A Cualquier Título Al Vencimiento De La Fecha De Liquidación, Pasarán A La Nación - Ministerio De Defensa Nacional -

Decreto 1294 de 1993 · por medio del cual se reglamenta el Decreto número 2163 de 1992 y se adoptan normas para liquidar el Servicio Naviero Armada República de Colombia “Senarc” en Liquidación.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Una vez cancelados los pasivos a cargo de la Empresa, los bienes muebles e inmuebles y derechos de propiedad del Servicio Naviero Armada República de Colombia “Senarc” en liquidación, que no se hubieren traspasado a cualquier título al vencimiento de la fecha de liquidación, pasarán a la Nación - Ministerio de Defensa Nacional -. CAPITULO VI Disposiciones varias.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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