JurídicoESEN

Artículo 14

El Consejo Directivo Del Instituto De Crédito Territorial Será Formado Por Siete Miembros, Así: El Ministro De Hacienda Y Crédito Público, El Ministro De Trabajo, Higiene Y Previsión Social, El Gerente O Un Miembro Elegido Por La Directiva Del Banco Agrícola Hipotecario, El Gerente O Un Miembro Elegido Por La Directiva De La Caja De Crédito Agrario, Industrial Y Minero, Un Representante De Los Campesinos Pobres, Un Representante De Los Obreros Urbanos, Designados Por El Presidente De La República, El Gerente O Un Miembro Elegido Por La Directiva Del Banco Central Hipotecario

Decreto 1579 de 1942 · Por el cual se dictan disposiciones relacionadas con la organización del Instituto de Crédito Territorial y el fomento de la construcción de viviendas obreras

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Consejo Directivo del Instituto de Crédito Territorial será formado por siete miembros, así: el Ministro de Hacienda y Crédito Público, el Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social, el Gerente o un miembro elegido por la directiva del Banco Agrícola Hipotecario, el Gerente o un miembro elegido por la directiva de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, un representante de los campesinos pobres, un representante de los obreros urbanos, designados por el Presidente de la República, el Gerente o un miembro elegido por la directiva del Banco Central Hipotecario. Todos los miembros del Consejo Directivo del Instituto de Crédito Territorial tendrán derecho a honorarios por sesión a que concurran.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1579 de 1942