PROCEDIMIENTO OFICIOSO. El reconocimiento de las prestaciones sociales a que tienen derecho los Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional, se tramitarán de manera oficiosa; las oficinas de personal y el archivo General, aportarán los documentos y pruebas que se requieran para el reconocimiento de las mismas.
Cuando no se puedan producir de oficio las pruebas relacionadas en este artículo, corresponderá allegarlas al interesado.