JurídicoESEN

Artículo 5

El Comité Orientará Sus Labores De Acuerdo Con Las Normas Generales Siguientes: A) Preparará Las Memorias Que Hayan De Enviarse En Cualquiera Ocasión Al Consejo Ejecutivo Internacional, O Al Comité Nacional Norteamericano, A Propósito De Las Materias De Que Se

Decreto 1767 de 1936 · Por el cual se crea el Comité Colombiano de la Conferencia Mundial de la Energía

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Comité orientará sus labores de acuerdo con las normas generales siguientes

a)

Preparará las memorias que hayan de enviarse en cualquiera ocasión al Consejo Ejecutivo Internacional, o al Comité Nacional Norteamericano, a propósito de las materias de que se. Ocupa la Conferencia Mundial de la Energía, y acometerá especialmente el estudio de los temas que van a considerarse en la Tercera Reunión de dicha Conferencia, y en el segundo Congreso de la Conferencia Mundial de Grandes .Presas. Es entendido que para ese .examen, y para la redacción de las memorias con siguientes, se tendrá en cuenta el programa oficial de la reunión y las instrucciones y esquemas contenidos en el mismo sobre el particular.

b)

Asistirá e instruirá a la Delegación que haya de enviar la República a dicha reunión de la Conferencia y a las que se celebren en adelante, y examinará, proponiendo al Gobierno lo que sea del caso, el informe que aquélla rinda como resultado de sus labores.

c)

Acometerá los demás estudios y cuestiones que someta ordinariamente el Consejo Ejecutivo Internacional de la Conferencia a la consideración de los Comités Nacionales, o que revistan positiva importancia en relación con ella y sean de la iniciativa de alguno de sus miembros.

Parágrafo

Preparadas y aprobadas las memorias, se enviarán directamente al Director de la Conferencia, para que se impriman, ateniéndose, en cuanto a número de páginas, ilustraciones, presentación de los datos estadísticos, etc., a lo dispuesto por el Comité Ejecutivo Internacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1767 de 1936